Puerta del Sol, Madrid, 20-05-11.
Política que no hacen los políticos que hacen la política que hacen los políticos.
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May
Puerta del Sol, Madrid, 20-05-11.
Publicado por Lucas Díaz en May 22, 2011 en Materiales
Etiquetas: Política
Iván
May 29, 2011 at 6:21 pm
Salud!
Quizás os parezca chocante este comentario. A mi me parece adecuado, muy al caso. Cuando Shmitt sujeta la cuestion de la soberanía a la decisión sobre el caso de necesidad, al caso excepcional lo piensa, obviamente, como algo que podría tener lugar, y asi, argumenta, que es legitimo esperar y desear que no se dé, pero nunca tratar de eliminarlo en la teoría. Yo sin embargo pienso que puede y debe ser eliminado, no creo que el caso excepcional sea algo que pueda tener lugar. Más bien me parece que forma parte del horizonte trascendental, del conjunto de supuestos no ónticos del Estado de Derecho. La ley surge como costante negación de la guerra de todos contra todos. Si tal guerra pudiese estar suspendida durante un tiempo, ¿por qué legislar si podemos comportarnos como buenos hermanos? El caso excepcional no suspende la Ley, la exige.
Efímero
junio 1, 2011 at 11:44 am
No me aclaro muy bien:
por un lado, dices «el caso excepcional puede y debe ser eliminado» ¿de la teoría?; pero inmediatamente después dice que no puede tener lugar. Si Schmitt no elimina la excepción de la teoría porque dice que puede llegar a darse, ¿tú qué sostienes? ¿Que hay que eliminarlo de la teoría porque no puede darse? Es que no te entiendo, porque luego lo integras dentro de un conjunto de supuestos -que entiendo que es algo teórico.
¿Y qué quiere decir que no puede darse el caso excepcional?
Y además integras al caso excepcional la guerra de todos contra todos, cómo si fuera el único caso excepcional, o como si fuera un caso excepcional. No creo que Schmitt esté pensando en la guerra de todos contra todos.
En resumen, mi pregunta es: cuando se decreta un estado de excepción, ¿qué se está haciendo, si resulta que según tú no hay casos excepcionales?